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TRATA DE PERSONAS
PLAN DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Por Elena Luz González Bazán especial para Latitud Periódico y Villa Crespo Digital

25 de septiembre del 2024

La Ciudad presentó su Plan Local de Lucha contra la Trata de Personas 2024. El documento plantea una serie de acciones que serán llevadas adelante desde distintas áreas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se llevan adelante desde mayo del 2024 y hasta diciembre del 2028 destinadas a la prevención, asistencia, persecución, fortalecimiento y articulación institucional en materia de trata de personas.

El 23 de septiembre, Día Internacional Contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niños y Niñas, el Comité de Lucha contra la Trata de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presentó el Plan Local Plurianual para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas. Se trata de una continuación del Plan Bienal 2022-2023.

“Con esta herramienta, aspiramos a lograr un avance significativo a la hora de planificar, sistematizar la información y traducir nuestros objetivos en iniciativas concretas que cumplan con los compromisos que asumimos. De esta forma, profundizaremos la labor que hace cada área de Gobierno de la Ciudad en el impulso de una agenda de políticas públicas en la prevención de la trata, la investigación y procesamiento de quienes la cometen, así como también la ayuda y protección de las víctimas”, explicó Pamela Malewicz, subsecretaria de Cultura Ciudadana y Derechos Humanos, coordinadora del Comité.

LO QUE PLANTA EL PLAN

El Plan describe iniciativas para modificar los factores y las condiciones que posibilitan el desarrollo de la trata y explotación de personas; garantizar el acceso integral de las víctimas a su asistencia y protección, y a la efectiva restitución de sus derechos; fortalecer la investigación y judicialización de este delito con una perspectiva de género y un enfoque en derechos humanos; y también optimizar la coordinación de estrategias de trabajo conjunto entre instituciones y organismos estatales, así como entre estos y actores no estatales con competencia en la materia.

Al igual que el anterior, se apoya sobre los siguientes principios rectores:

  • trabajo interdisciplinario e intergubernamental,
  • interés superior del niño, niña y adolescente,
  • perspectiva de género y de diversidad,
  • no discriminación,
  • respeto por la confidencialidad,
  • principio de integridad y
  • abordaje federal.

Además de la Subsecretaría de Cultura Ciudadana y Derechos Humanos, son parte de la elaboración del Plan las demás áreas que integran el Comité: los Ministerios de Desarrollo Humano y Hábitat, Desarrollo Económico, Justicia, Seguridad y el Consejo de Niños, Niñas y Adolescentes.

A los vecinos de la Ciudad y a todos los ciudadanos del territorio nacional: Si se sabe o conoce que alguien atraviesa una situación de trata de personas. Comunicarse con la Línea 145. Es un canal gratuito y anónimo de denuncia y orientación por trata de personas, que funciona las 24 horas en todo el territorio nacional.

23 DE SEPTIEMBRE

Este día fue establecido como el Día Internacional Contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niños y Niñas, por la Conferencia Mundial de la Coalición contra el Tráfico de Personas, en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, corría el mes de enero de 1999.
El objetivo esencial es concientizar sobre este delito y su impacto a nivel global.
En Argentina esta fecha conmemora la sanción, en 1913, de la Ley 9.143, fue la primera norma en el mundo en legislar y penalizar la explotación sexual y la trata de persona. La misma fue sancionada en el Congreso, la propuesta fue del diputado socialista Alfredo Palacios, también se la conoce como Ley Palacios.
Sostenía Alfredo Palacios en sus considerandos, presentados el 17 de septiembre de 1913: que “desaparezca la prostitución forzosa y el tráfico que realizan los miserables”.

De tal forma, ese día Alfredo Palacios defendió, en la Cámara de Diputados su proyecto ley de "represión de la corrupción de mujeres", tal el nombre con el que fue tratado.

En menos de una semana después, el 23 de septiembre, el Senado le dio sanción.
La ley 9.143 fue podemos afirmar, revolucionaria, tan solo habían transcurrido unos pocos años del inicio del siglo XX.
En la misma se estableció penas para quienes "promuevan o faciliten la prostitución o corrupción de menores de edad para satisfacer deseos ajenos" y escalas penales mayores si las víctimas tenían entre 12 y 18 años y menos de 12.
Es así que, la pena máxima se estipulaba en 15 años de prisión. El mismo texto establecía que "esta última pena será aplicable, prescindiendo del número de años de la víctima, si mediare violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación, como también si el autor fuese ascendiente, marido, hermano o hermana, tutor o persona encargada de su educación o guarda, en cuyo caso traerá aparejada la pérdida de la patria potestad, del poder marital, de la tutela o de la ciudadanía en su caso".

Es importante destacar que, no solo en nuestro país ha aumentado esta situación denigrante, en el mundo ha crecido, siendo una de las mayores fuentes de ingresos de quienes se benefician con estas prácticas aberrantes.

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